Cuáles son los feriados de 2023 en México

Para 2023 se esperan siete días feriados, entre ellos cuatro puentes

 

NOTIPRESS.- En el calendario de 2023 están marcados siete días feriados oficiales en México, entre ellos algunos puentes. Sin embargo, si esos días los empleados laboran, les corresponde recibir más salario por el servicio prestado.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET), menciona «los días feriados o festivos tienen por objeto que las y los trabajadores celebren, con entera libertad, las festividades cívicas o religiosas que se conmemoran en esas fechas«. Además, PROFEDET índica los días festivos no son laborables y se consideran como descanso obligatorio.

Estos días de descanso obligatorio están señalados en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo (LFT). Los días feriados para 2023 son los siguientes, el domingo primero de enero. Además del lunes 6 de febrero, por el aniversario de la Constitución, el cual sería el primer puente del año.

Como segundo puente de 2023, está el lunes 20 de marzo por el natalicio de Benito Juárez. El 1 de mayo es el tercer puente por el Día del Trabajo. El sábado 16 de septiembre es feriado por el Aniversario de la Independencia de México.

Las últimas dos fechas del 2023 marcadas en como feriadas son el lunes 20 de noviembre por el Aniversario de la Revolución Mexicana. Así como el lunes 25 de diciembre sería el último puente del año por Navidad. Finalmente, la PROFEDET señala, en caso de que a las y los trabajadores se les solicite laborar, en primera instancia se tendrá que llegar a un acuerdo con los patrones.

El acuerdo tendrá como objetivo determinar el número de trabajadores(as) deben prestar sus servicios. «Quienes queden obligados a prestar los servicios, tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado«, menciona la PROFEDET.

Lo anterior quiere decir que se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble. Conforme lo señala el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo.

 

 

 

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