Después de valorar libremente los datos mencionados por la parte acusadora en una audiencia pública realizada esta tarde en la sala 3 del Centro de Justicia Oral de Mérida, la jueza del primer distrito judicial del sistema penal acusatorio y oral del Poder Judicial del Estado, Ileana Georgina Domínguez Zapata, resolvió vincular a proceso penal a una persona por el delito de feminicidio agravado, ocurrido el pasado 20 de noviembre en un domicilio particular de esta ciudad.
Luego de escuchar la petición de los fiscales y la intervención de la defensora pública del imputado, la jueza determinó que, hasta el presente momento del proceso, existen indicios que apuntan a que se cometió el delito señalado y a que es probable que el imputado lo hubiera cometido con base en indicios que incluyen entrevistas, la necropsia al cuerpo de la víctima y peritajes, valorados bajo el estándar probatorio que exige este momento del proceso.
Luego de cerrar el debate que se dio entre las partes, la juzgadora explicó en su resolución que los datos de prueba que fueron mencionados por las representantes de la Fiscalía en la audiencia le permitieron establecer que el pasado 20 de noviembre entre las 12:30 y 18:30 aconteció la muerte de una mujer por razones de género, lo cual se pudo configurar con los diversos elementos que la ley señala para que pueda encuadrar en un feminicidio.
Por ejemplo, el hecho de que el cuerpo de la víctima presentaba, acorde con los resultados de la necropsia que fueron mencionados, signos evidentes de violencia sexual y huellas de golpes previos a la muerte cuya causa fue asfixia mecánica por estrangulamiento.
Asimismo, la jueza Domínguez Zapata explicó que, con base en los contenidos de entrevistas mencionadas por las fiscales, se pudieron configurar los antecedentes de violencia por razones de género que reflejan un abuso de poder por parte de la pareja sentimental de la víctima que es el hoy imputado, quien de acuerdo con esas entrevistas la amenazaba y ejercía violencia física sobre ella y sus dos hijos quienes también habitaban en el predio.
Igualmente, la Fiscalía mencionó, en este rubro, antecedentes de la violencia que vivía la hoy víctima y que fueron denunciados en septiembre ante el Centro de Justicia para las Mujeres de la Fiscalía estatal.
La jueza expuso que hasta este momento del proceso pudo concluir que la víctima fue incomunicada y vivió violencia psicológica y emocional y que quien infligía esta violencia sobre ella era su pareja sentimental, es decir, el hoy imputado.
Expresó que quedó comprobado también el nexo entre este delito y la probabilidad de que quien lo cometió fue el imputado y que, a diferencia de lo que adujo la defensa en la audiencia, el hecho de que éste hubiera tratado de dar una explicación diferente de la causa de muerte de la hoy víctima a los policías y que haya llamado al hermano de la víctima para decirle que estaba enferma cuando probablemente ya había muerto, no pueden ser considerados elementos a su favor, sino más bien podrían tratarse de una estrategia para tratar de justificar el evento violento como una causa de muerte natural.
La jueza otorgó a las fiscales un plazo de 6 meses para continuar con la investigación de los hechos con fecha de vencimiento el 27 de marzo de 2019. La medida de prisión preventiva del imputado sigue en efecto.
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